En junio, el presidente Trump firmó una orden ejecutiva que suspende cuatro importantes categorías de visas: la visa y las peticiones L-1, visa H-1B, H-2B y ciertas visas J-1, por el resto de 2020. Si esta acción lo ha afectado a usted, su familia o su empresa, ¿podrá ayudarlo un abogado de inmigración de Las Vegas?

La orden ejecutiva del 22 de junio también prepara el escenario para cambios sustanciales en la forma en que los empleadores patrocinan a los trabajadores internacionales para el empleo en los Estados Unidos.

Sin embargo, si actualmente se encuentra en los EE. UU. Con una visa J-1, H-1B, L-1 o H-2B, la orden ejecutiva no lo afectará si no viaja fuera de los EE. UU. O - si ahora está fuera de los EE. UU., ya ha adquirido una visa.

Además, la orden ejecutiva del 22 de junio también extiende, durante el resto del año, las disposiciones de una orden ejecutiva del 22 de abril de 2020 que detuvo por sesenta días la emisión de nuevas visas de inmigrante a los solicitantes de visa actualmente fuera de los EE. UU.

¿Quién está sujeto a la prohibición de entrada?

Los no inmigrantes (y sus cónyuges e hijos menores) en estas clasificaciones de visa están sujetos a la prohibición de entrada:

  1. Profesionales H-1B en ocupaciones especializadas
  2. Gerentes, ejecutivos y gerentes intracompañía L-1 trabajadores con conocimientos especializados
  3. Trabajadores temporales no agrícolas H-2B
  4. Pasantes J-1, aprendices, maestros, au pairs y participantes del programa de trabajo de verano

El orden ejecutiva se aplica solo a personas en estas categorías de visa que estaban fuera de los EE. UU. el 24 de junio de 2020 o después de esa fecha, que aún no habían adquirido una visa al 24 de junio de 2020 o que no tienen otra autorización para ingresar a los EE. UU., tales como:

  1. una lámina de embarque
  2. una carta de transporte
  3. una autorización de libertad condicional anticipada

¿Quién no se ve afectado por la prohibición de entrada?

La orden del 22 de junio no afecta a las personas que fueron elegidas en la lotería H-1B y están en los EE. UU. Con visas de estudiante F-1, ni afecta a aquellos que tuvieron capacitación práctica opcional (OPT) posterior a la graduación y ahora están trabajando en un estado de "brecha de capitalización" hasta el 1 de octubre de 2020.

Los empleados internacionales con sellos de visa L-1 que no se encuentran actualmente en los EE. UU. Aún podrán viajar a los EE. UU. Hasta fines de 2020. La prohibición de entrada no se aplica a:

  1. Personas que estaban presentes legalmente en los EE. UU. Al 24 de junio de 2020. Estas personas aún podrán conservar y extender su estado actual y, si reúnen los requisitos, también pueden continuar buscando la residencia permanente legal.
  2. Las personas que tenían visas de no inmigrante válidas al 24 de junio podrán ingresar a los EE. UU. Con sus visas actuales. Sin embargo, otras restricciones de viaje relacionadas con COVID-19 aún están vigentes.
  3. Los no inmigrantes en categorías de visa que no sean J-1, L-1, H-1B y H-2B aún pueden solicitar visas e ingresar a los EE. UU. Si otras restricciones no los afectan. Las categorías de visa que no se ven afectadas incluyen las categorías E-1, E-2, E-3, TN y O-1.
  4. Las personas que buscan ingresar a los EE. UU. Para ofrecer servicios temporales o mano de obra que es vital para el suministro de alimentos y su distribución en los EE. UU. No se ven afectados por la prohibición de entrada.

¿Hay otras excepciones?

La orden ejecutiva del 22 de junio exime a algunos trabajadores que ingresan a los EE. UU. Para el suministro de alimentos y servicios médicos relacionados con COVID-19.

prohibición de viajar 2020

Los Departamentos de Estado (DOS), Trabajo (DOL) y Seguridad Nacional (DHS) están estableciendo estándares para aprobar excepciones para personas que son:

  1. esencial para la seguridad nacional, la diplomacia y la aplicación de la ley de EE. UU.
  2. brindar atención médica a los hospitalizados con COVID-19
  3. involucrado en la investigación médica centrada en COVID-19
  4. facilitar la recuperación económica en los EE. UU.

Los titulares de tarjetas verdes, los hijos y cónyuges de ciudadanos estadounidenses y las personas que han solicitado la retención de deportación, el estatus de refugiado, asilo, o la protección bajo la Convención contra la Tortura han sido eximidos de las disposiciones de la orden ejecutiva de junio.

¿Qué se requiere ahora de los departamentos y agencias federales?

La orden ejecutiva también requiere que DOS, DOL y DHS consideren nuevas normas de cumplimiento y reclutamiento para los empleadores, nuevas calificaciones de elegibilidad H-1B y mejoren la autoridad de los funcionarios portuarios y los funcionarios consulares.

La orden requiere que los departamentos y agencias gubernamentales tomen estas y otras acciones específicas:

  1. Se ordenó al DOL, en colaboración con el DHS, que establezca reglas que garanticen que la emisión de visas EB-2, EB-3 y H-1B no ponga a los trabajadores estadounidenses en desventaja.
  2. Se le ha ordenado al DOL que investigue a los empleadores H-1B que se crea razonablemente que están en violación de las regulaciones de Solicitud de Condiciones Laborales.
  3. Se le ha ordenado al DHS que trabaje con DOS para asegurarse de que ningún ciudadano extranjero califique para ninguna visa o para ingresar a los Estados Unidos hasta que esa persona haya proporcionado información biométrica y biográfica completa.
  4. Se ha ordenado al DHS que se asegure de que no Permiso de trabajo se emite a cualquier ciudadano extranjero que sea deportable, inadmisible, que tenga una orden final de expulsión o que haya sido arrestado, acusado o condenado por un delito penal.

¿Cómo le afectará la orden ejecutiva a usted y a su familia o empresa?

DOS, DHS y DOL están estableciendo procedimientos para implementar las disposiciones de la orden ejecutiva del 22 de junio. Como resultado, los no inmigrantes afectados por la orden pueden esperar viajar y obtener una visa. retrasos en el procesamiento.

La orden ejecutiva del 22 de junio introduce las restricciones de mayor alcance sobre inmigración legal en la historia reciente. Cuando estas disposiciones entren en vigencia, restringirán sustancialmente las capacidades de los empleadores con sede en los Estados Unidos para abordar las necesidades de la fuerza laboral.

¿Por qué debería buscar la ayuda de un abogado de inmigración?

Nadie sabe en este momento si la prohibición de entrada anunciada el 22 de junio se extenderá más allá de 2020. Por ahora, si usted y su familia o empleados se ven afectados por la prohibición de entrada, debe buscar orientación y asesoramiento legal de un Abogado de inmigración de las vegas.

Desde hace varios años, la ley de inmigración, que siempre fue engorrosa y confusa, se ha sumido en el caos. Nuevas órdenes ejecutivas y nuevas fallos judiciales se han emitido a un ritmo rápido. La pandemia de COVID-19 ha agregado aún más complicaciones.

Si estás confundido por el caos, no estás solo. Si tiene preguntas sobre la orden ejecutiva del 22 de junio, las restricciones COVID-19 o cualquier otro aspecto de la ley de inmigración, deje que un buen abogado de inmigración le brinde las respuestas y el asesoramiento que necesita.

Y si ha solicitado una tarjeta verde o una visa, o si está tratando de traer empleados o un familiar a los Estados Unidos, debe hacer los arreglos de inmediato para hablar con un abogado de inmigración con experiencia en Las Vegas.