Los empleadores de los EE. UU. Deben confirmar que todos sus empleados, independientemente de su ciudadanía u origen nacional, están autorizados para trabajar en los Estados Unidos. Una forma de demostrar su autorización para trabajar en los Estados Unidos es tener un Documento de autorización de empleo (Formulario I-766 / EAD).
Si no es un ciudadano o residente permanente legal y no se encuentra en los EE. H-1B, L, P, O o visa E, debe demostrar que puede trabajar libremente en los Estados Unidos para cualquier empleador presentando un formulario I-766 / EAD. Debe presentar el Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo si desea trabajar en los Estados Unidos.
Debe solicitar un EAD si es:
- Tiene permiso para trabajar en los Estados Unidos como resultado de su estado migratorio (por ejemplo, es un asilado, refugiado, o U-no inmigrante) y necesita evidencia de esa autorización de empleo, o
- Se le instruyó para solicitar permiso para trabajar (debe solicitar la autorización de empleo). Por ejemplo, tienes:
- Un Formulario I-485 pendiente, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar estado.
- Un Formulario I-589 pendiente, Solicitud de Asilo y para la Suspensión de Expulsión.
- Un estatus de no inmigrante que le permite estar en los Estados Unidos pero no le permite trabajar en los Estados Unidos sin antes solicitar el permiso de USCIS (como un estudiante F-1 o M-1).
Si usted es un residente permanente legal de los Estados Unidos, no es necesario que solicite una Documentación de autorización de empleo, ya que su tarjeta verde es una prueba existente de su autorización de empleo.
Si tiene una visa de no inmigrante que le permite trabajar para un empleador específico (una visa H, L, O, TN, E de gerente o P), tampoco necesita solicitar una EAD.
Cómo renovar un EAD ?
Si aún es elegible para la autorización de empleo, pero su EAD vencerá o ya ha vencido, debe solicitar un EAD de renovación enviando un nuevo Formulario I-765 y la tarifa de presentación (si es necesario), a menos que se solicite y acepte una exención de tarifa. en su nombre. En general, no debe solicitar un EAD de renovación más de 180 días antes de que expire su EAD original.
¿Cómo reemplazar un EAD?
En el caso de que su EAD sea destruido, perdido o robado
En el caso de que su EAD sea destruido, perdido o robado, puede solicitar que su EAD sea reemplazado presentando un nuevo Formulario I-765 y la tarifa de presentación (si es necesario), a menos que se solicite y acepte una exención de tarifas en su nombre. . Puede enviar una consulta en no entrega de una tarjeta si no recibió un EAD que USCIS le envió por correo.
En el caso de que su EAD contenga información incorrecta
En el caso de que su EAD contenga información incorrecta que no sea el resultado de un error de USCIS, debe enviar:
- La tarjeta que contiene el error.
- Un nuevo Formulario I-765,
- La tarifa de presentación, si se requiere (o una solicitud de exención de tarifa), y
- Cualquier documento especificado en las instrucciones del formulario.
Si el error en su EAD ocurrió como resultado de un error de USCIS, USCIS hará la corrección necesaria sin costo adicional para usted. En casos como estos, no es necesario que presente un nuevo Formulario I-765 o una tarifa de presentación. En su lugar, envía:
- La tarjeta original que contiene el error,
- Una explicación detallada de dicho error de tarjeta, y
- Documentación de respaldo con la información correcta.
Esta información debe enviarse al centro de servicio or Nacional Beneficio Reubicación que aprobó su Formulario I-765 más reciente. Si USCIS recibe su solicitud o su solicitud para un EAD de reemplazo y ya no tiene motivos para solicitar una autorización de empleo o un EAD, USCIS no le devolverá la tarjeta y le enviará una notificación de que no posee ninguna razonamiento para solicitar una autorización de empleo o un EAD.
Los dependientes de ciertos gobiernos extranjeros, organizaciones internacionales y personal de la OTAN no están obligados a pagar una tarifa por un EAD de reemplazo.