La secretaria de Seguridad Nacional, Janet Napolitano, anunció que las parejas del mismo sexo casadas en un estado donde el matrimonio entre personas del mismo sexo está legalmente reconocido recibirán los mismos beneficios de inmigración que las parejas del sexo opuesto en los Estados Unidos.
Por lo tanto, puede solicitar y recibir beneficios de inmigración para su cónyuge siempre que el matrimonio legal haya tenido lugar en una jurisdicción (en los EE. UU. O en el extranjero) donde se reconozca el matrimonio entre personas del mismo sexo. Consulte a continuación el estado de cuenta emitido.
La aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo sobre la Ley de Defensa del Matrimonio
Declaración de la Secretaria de Seguridad Nacional, Janet Napolitano:
“Después de la decisión de la semana pasada de la Corte Suprema que sostenía que la Sección 3 de la Ley de Defensa del Matrimonio (DOMA) es inconstitucional, el presidente Obama ordenó a los departamentos federales que garanticen que la decisión y su implicación para los beneficios federales para las parejas casadas legalmente del mismo sexo se implementen rápidamente y sin problemas.
Con ese fin, con vigencia inmediata, he ordenado a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) que revisen las solicitudes de visa de inmigración presentadas en nombre de un cónyuge del mismo sexo de la misma manera que las presentadas en nombre de un cónyuge del sexo opuesto ".
Preguntas frecuentes sobre Inmigración de parejas del mismo sexo
Soy ciudadano estadounidense o residente permanente legal en un matrimonio entre personas del mismo sexo con un ciudadano extranjero. ¿Puedo ahora patrocinar a mi cónyuge para una visa de migración familiar?
Sí, puede presentar la petición. Puede presentar una Formulario I-130. (y cualquier solicitud adjunta aplicable). Su elegibilidad para solicitar a su cónyuge y la admisibilidad de su cónyuge como una migración en la solicitud de visa de inmigración o ajuste de estado etapa, se determinará de acuerdo con la ley de migración aplicable y no se negará automáticamente como resultado de la naturaleza del mismo sexo de su matrimonio.
Mi cónyuge y yo nos casamos en un estado de EE. UU. Que reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero vivimos en un estado que no lo reconoce. ¿Puedo presentar una petición de visa de migración para mi cónyuge?
Sí, puede presentar la petición. Al evaluar la petición, como un asunto general, USCIS busca en la ley del lugar donde se llevó a cabo el matrimonio para determinar si es válida para los propósitos de la ley de inmigración.
Esa regla general está sujeta a algunas excepciones limitadas bajo las cuales las agencias federales de migración históricamente han considerado la ley del estado de residencia además de la ley del estado de celebración del matrimonio.
La aplicación de esas excepciones puede depender de circunstancias individuales específicas de los hechos. Si es necesario, podemos proporcionar más orientación y asesoramiento legal sobre esta cuestión en el futuro.
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