Personas que NO NECESITAN REGISTRARSE:

  • Ciudadanos del Sur
  • Personas en los EE. UU. por menos de 30 días

Personas que están obligadas a registrarse pero YA ESTÁN REGISTRADAS (no es necesario hacer nada más):

  • Residentes permanentes
  • Personas con libertad condicional (incluso si la libertad condicional ha expirado), incluidas:
  • Libertad condicional humanitaria
  • Permisos de Viaje
  • MILPIP
  • Personas a quienes se les entregó un I-94 (en papel o electrónico), INCLUSO SI EL PERÍODO DE ESTADÍA HA EXPIRADO
  • Personas a las que se les expidieron visas válidas al momento de su última fecha de llegada
  • Cualquier persona que esté en proceso de deportación (incluso si el proceso se ha completado)
  • Cualquier persona con un EAD
  • Cualquier persona a la que se le haya expedido una tarjeta de cruce fronterizo
  • Cualquier persona que haya presentado uno de estos formularios *y biometría completada*:
oI-485
oI-687
oI-691
oI-698
oI-700

 

Las personas que son requerido para registrarse

Todos los demás

Para aquellos que requieran registrarse, nuestra posición es:

  1. Personas en las que el riesgo es (relativamente) bajo y por eso (en general) las animo a registrarse:
  2. Personas con AOS pendiente que aún no hayan realizado biometría (importante registrarse) ahora!)
  3. Personas con un I-918 pendiente
  4. Personas con un I-601A pendiente o aprobado
  5. Personas cuyo riesgo es moderado, y generalmente recomiendo que se registren después de hablar conmigo:
  6. Personas que están a punto de solicitar AOS, I-918 o I-601A
  7. Personas que necesitan hablar conmigo sobre el riesgo/recompensa de registrarse/no registrarse: a. Todos los demás